El Servicio de Administración Tributaria (SAT) otorgó prórroga para que las personas físicas cumplan con su obligación de presentar la declaración anual. Para lo cual estableció como fecha límite el 31 de mayo de 2021.
Este beneficio sólo es para para las personas físicas; no ocurrió igual en el caso de las personas morales.
Lo anterior, conforme a la 5ta versión anticipada de la primera “Resolución Miscelánea Fiscal” (RMF) para 2021.
Fuente Página del SAT.
Síntesis de Jimena Rangel M.
Esta genial el aporte. Reciba un cordial saludo.