Resolución por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de tubería de acero al carbono con costura longitudinal recta y helicoidal, originarias de los Estados Unidos de América, el Reino de España y la República de la India, independientemente del país de procedencia.

dock, container, export

La Resolución de examen de vigencia de cuotas compensatorias para la importación de tubería de acero al carbono (costura longitudinal recta y helicoidal) de las importaciones provenientes de: Estados Unidos de Norte América, India y España (con independencia del país proveniente).

Antecedentes.

El 20 de abril de 2016 el DOF publicó que ya se había hecho una indagación sobre una práctica llamada “dumping”. El dumping es un concepto que se utiliza en el ámbito del comercio exterior; a grandes rasgos, representa una mala práctica ventajosa, desequilibrada y desleal cuando no se respetan los precios establecidos en el mercado y de los países involucrados en el sector de importación-exportación.

Lo que se llevó a cabo en 2016 fue entonces, una averiguación “antidumping” que se aplica para analizar y tomar las medidas pertinentes en defensoría comercial y arancelaria cuando no se acatan: precios, aranceles, o a empresas de distintos países; y, por lo mismo, se deprecia el valor justo y real de los que suministran productos o servicios.

Lo anterior, porque la empresa Tubacero, S. de R. L. de C.V., fue quien inició la iniciativa de comenzar una indagatoria (examen de vigencia de cuotas compensatorias) el 4 de marzo de 2021; a raíz de un anuncio anterior (2020) sobre el mismo tema.

Es necesario aclarar que, la vigencia de las cuotas compensatorias continúa mientras dure el correspondiente “proceso de examen” para las importaciones; la Resolución inició el pasado 6 de abril del presente año.

Las importaciones que entran la “Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE)”, en sus fracciones: 7305.11.02, 7305.12.02 y 7305.19.99”, abarcan los procedimientos de examen y análisis” del año pasado.

*Para saber con precisión cuáles son las delimitaciones que comprenden las cuotas compensatorias definitivas para los países aludidos, puede consultar directamente a el DOF de 5 de abril del 2021.
Síntesis: Jimena R. M.

http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5615146&fecha=05/04/2021

2 comentarios en “Resolución por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de tubería de acero al carbono con costura longitudinal recta y helicoidal, originarias de los Estados Unidos de América, el Reino de España y la República de la India, independientemente del país de procedencia.”

    1. Muchas gracias Melany, esperamos te sigan resultando útiles nuestras publicaciones. Te invitamos de igual manera a seguirnos en las otras redes sociales.
      Saludos cordiales.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio
Ir arriba