Los Derechos Humanos y las empresas

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La relevancia de las empresas ha ido en ascenso para la contribución de la economía y desarrollo de las sociedades. Pero no puede existir progreso en ningún país si no se respetan los Derechos Humanos. 

Precedentes 

En los años noventa se hizo un intento por establecer una forma de supervisión respecto al proceder de las empresas. La ONU disponía en ese entonces de una “Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías”, con esta, se crearon “Normas sobre las responsabilidades de las empresas transnacionales y otras empresas comerciales en la esfera de los Derechos Humanos”Pero aquel propósito no llegó a instaurar un cambio sustancial.  

Tiempo después, en el año 2000, John Ruggie fue nombrado comisionado de la ONU para ocuparse de lo correspondiente al tema de las empresas y los Derechos Humanos. Ruggie estableció los “Principios Rectores sobre las empresas y los Derechos Humanos: Puesta en práctica del marco de las Naciones Unidas para ‘proteger, respetar y remediar’”. Con este Decreto se logró ‘formalmente’ que se instituyera a nivel internacional, el compromiso y los deberes de las empresas para resguardar los Derechos Humanos. De tal manera se contaba por vez primera, con apoyo y atención para casos en los que se incurriera injustamente de parte de los consorcios hacia sus trabajadores.  

El año 2015, las empresas adquirieron una función muy significativa y prestigiosa, más aún cuando la ONU esbozó la “Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”.  Algunas de las medidas a tomar en cuenta por parte de las empresas desde la dimensión de los Derechos Humanos, son: 

  1. “Identificar los riesgos”. 
  2. “Establecer objetivos”. 
  3. “Supervisión”. 
  4. “Transparencia”. 
  5. “Participación”. 
  6. “Colaboración”. 
  7. “Políticas internas”. 
  8. “Crear conciencia”. [Para mayor información, consultar: El papel de los Derechos Humanos en las empresas – TaxToday México (taxtodaymexico.com)] 

Con lo alcanzado años atrás, en 2018 hubo un “Informe del Grupo de Trabajo sobre empresas y Derechos Humanos a la Asamblea General (A/73/163)”. Ahí se expresa la importancia de que las empresas se involucren y sean proactivas en el manejo de las mismas para evitar cualquier tipo de incumplimiento al respeto de los Derechos Humanos.  

Más allá del acatamiento de los Derechos Humanos como meros preceptos o requisitos constitucionales, nos gustaría añadir que son Derechos que contienen una esencia y trascendencia “per se”; descansan sobre ideales de justicia, de ética, y de humanismo. Los Derechos Humanos son inherentes al ser humano e inalienables. Por tanto, en su aplicación, las empresas estarían asimismo ‘ligados’ a priori al compromiso de respetar y reflejar como ‘entidades morales’, los derechos de sus trabajadores, que son los mismos que los que les corresponden a las ‘personas físicas’.  Estamos de acuerdo en que debe continuar el esfuerzo por alcanzarse un trabajo integral donde prime el equilibrio que favorezca al desarrollo económico a la par del bienestar empresarial (con cada trabajador que compone a dicho sector) y social; no olvidando que los Derechos Humanos al ser ‘inalienables’ NO pueden obviarse, por tanto, si se corrompen o se ejerce una acción coercitiva, el trabajador debiera contar con toda la protección jurídica y ayuda necesaria para laborar con libertad y plenitud.  [Comentario de «International Tax Consulting, ITC»

 

Fuente: Leslie Barrera (Legal Editor en Thomson Reuters México); El papel de los Derechos Humanos en las empresas – TaxToday México (taxtodaymexico.com)”. 

Síntesis por International Tax Consulting, ITC; International Consulting ITC – ITC es una firma de servicios legales y fiscales integrales; Blog – International Consulting ITC. 

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