DOF: “Resolución por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de hongos del género agaricus originarias de la República Popular de China, independientemente del país de procedencia”

Antecedentes

El 17 de mayo de 2006 el Diario Oficial de la Federación dio a conocer la “Resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de hongos del género ‘agaricus’ originarias de la República Popular de China y de la República de Chile, independientemente del país de procedencia”.

Tal Resolución estableció las cuotas compensatorias de la siguiente manera:

  • 1443 dólares por kilogramo neto a las importaciones originarias de Chile.
  • 4484 dólares por kilogramo neto a las importaciones originarias de China.

Conforme a lo declarado, se expidió un “Recurso de revocación” definiendo cuotas compensatorias de 0.2476 dólares por kilogramo neto a importaciones provenientes de “Calkins Limited” (de origen chino). En virtud de lo establecido ahí, se llevaron a cabo dos revisiones en las cuales las cuotas compensatorias se fijaban con los montos subsiguientes: la primera en 0.1809 dólares por kilogramo neto, y la segunda en 1.06 dólares por kilogramo neto a las importaciones de hongos “agaricus” originarios de China y que a su vez provinieran de “Calkins Limited”, independientemente del país de procedencia.

El 25 de octubre de 2012 se dio la “Resolución Final del examen de vigencia y de la revisión de oficio de las cuotas compensatorias”. Esta Resolución implicaba que las importaciones que entrasen a las aduanas con un valor unitario inferior al precio referido de 2.05 dólares por kilogramo neto, tendrían que pagar la cuota compensatoria resultante de la diferencia entre ambos.

Así se asentaba que, la cantidad de la cuota compensatoria no excederá el límite de discriminación de precios con monto de:

  • 3712 dólares por kilogramo neto para importaciones de Chile.
  • 1891 dólares por kilogramo neto para importaciones de China, así como de “Calkins Limited”.
  • 6121 dólares por kilogramo neto para todas las diferentes clases de importaciones de China.
  • El 3 de abril de 2017, el DOF publica un Segundo examen de vigencia de las cuotas compensatorias donde se les otorga una prórroga por cinco años más.

Más adelante, el 13 de octubre de 2020 el DOF informa sobre un nuevo “Aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias”.

Como resultado de tal documento, las empresas “Hongos de México” y “Alimentos San Miguel, S. de R.L. de C.V. tuvieron interés jurídico y con base en ello, en marzo del presente año plantearon un tiempo de examen, correspondiente al de enero 1 hasta el 31 de diciembre de 2020. Asimismo, se determinó una ‘fase de análisis’ con fecha del primero de enero de 2016, al 31 de diciembre de 2020.

En última instancia, dicha resolución comenzó su validez el pasado 8 de mayo de 2021.

 

Fuente:  Castillo, Karen [Foreign Trade Editor en Thomson Reuters México]; Inicia la “Resolución por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de hongos del género agaricus originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia” – TaxToday México (taxtodaymexico.com) 

Síntesis por “International Tax Consulting”; International Consulting ITC – ITC es una firma de servicios legales y fiscales integrales. 

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio
Ir arriba