Contexto
¿Qué sucede?
La Comisión Reguladora de Energía (CRE) emitió una regulación para establecer el máximo de precios de gas licuado (gas LP) el 1. ° de agosto del presente año. Con este esquema nuevo y correctivo que dirige la Secretaría de Energía (SENER) se pretende “fijar” los precios topes para vender tan importante combustible de consumo diario en las familias mexicanas. El objetivo de este esquema es que la ciudadanía no se vea afectada por el abuso de muchas gaseras que imponían precios indiscriminadamente.
¿Cómo funciona este plan energético?
Cada sábado en un período de seis meses, la (CRE) dará a conocer a través de su página de internet (https://www.gob.mx/cre) los precios máximos que irán cambiando y que corresponden a cada entidad federativa. De esta manera, se exhorta tanto a vendedores de gas Lp como a los consumidores, estén al tanto de los costos.
Como consecuencia de esta resolución el consumidor es quien tiene en sus manos la autoridad y el conocimiento necesario para saber cuándo le están cobrando más de lo debido. Y si ese fuera el caso, el ciudadano tiene el derecho y la obligación de denunciar al distribuidor para que se le sancione.
¿Por qué se suscitó una querella respecto a la nueva regulación de la (CRE)?
El gremio gasero no vio con “buenos ojos” esta normativa dentro de la política energética vigente… Debido a esto, se convocó a un paro laboral (hasta el momento resuelto) en la distribución de combustible porque consideran se limita y controla la competencia de precios para su venta. Asimismo, el gremio se apoya en el argumento emitido por la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) que apunta, el modelo ya implementado, es “ilegal”. Su aseveración se sustenta declarando que, cito a mi referencia: …«La Ley de Hidrocarburos (LH) prevé que para regular los precios del gas LP, se requiere una declaratoria de ausencia de condiciones de competencia por parte de la Cofece”. Su razonamiento anterior se basa en que los mercados donde no exista efectos para esta regulación, se podrán definir los precios máximos, y si no fuera así, la determinación de la (CRE) podría ser en detrimento de la sociedad, provocar “desabasto” y “escasez” del gas LP.
Por último, ante la controversia (aún presente) se prevé la promoción de amparos como ya se ha hecho anteriormente con otras resoluciones en materia energética de la actual administración.
Fuente directa: “Ganado, Teresa” (Legal Editor en Thomson Reuters México); ¿Cuál es la controversia con el gas LP? – TaxToday México (taxtodaymexico.com); fuente indirecta: “Checkpoint”.
Síntesis por “Consultora de Impuestos Internacionales ITC, S.C.”, (International Consulting ITC – ITC es una firma de servicios legales y fiscales integrales).